jueves, 26 de marzo de 2015

ENAER (Chile) y ALENIA (Italia) Memorándum de Entendimiento


Hoy fue anunciado oficialmente un nuevo Memorándum de Entendimiento (*) entre las Empresas Aeronáuticas ENAER de Chile y ALENIA de Italia.

En presencia de ambos Ministros de Defensa y el Comandante en Jefe de
la Fuerza Aérea de Chile, se firma el Memorándum de Acuerdo

    El documento es la base de un eventual acuerdo de cooperación industrial entre ambas empresas y fue firmado por los Ministros de Defensa de Italia, Roberta Pinotti y de Chile, Jorge Burgos, en el Club de Oficiales de la Fuerza Aérea chilena.

    En lo esencial se acuerda el apoyo logístico para la producción del C-27J "SPARTAN", uno de los más calificados aviones de transporte mediano y el entrenador M-345, definido como de Alta Eficiencia por sus constructores.
     Asimismo se plantea la posibilidad del diseño y construcción en conjunto de aeronaves de entrenamiento.


    Esperamos avanzar junto a nuestros socios en este acuerdo de colaboración industrial. Alenia Aermacchi quiere que esta alianza con Chile sea un compromiso de largo aliento”, es la idea de la Empresa italiana.


    Por su parte el Director de ENAER, General (I) Henry Cleveland expresó: Es un paso muy importante para Enaer y como país. Con esto se inicia una relación de cooperación, de transferencia tecnológica, de producción y comercialización de productos y servicios aeronáuticos con Italia.


     ALENIA AERMACCHI es la más grande empresa constructora de aeronaves de Italia y cuenta con una experiencia de sobre 100 años. Es la única compañía capaz de ofrecer un Sistema de Entrenamiento Total, un caza de última generación Eurofighter Typhoon) y un avión de transporte táctico con gran reputación a nivel mundial (C-27J Spartan) a sus clientes.


"TYPHOON" Maqueta exhibida en FIDAE 2010


FUENTE:
ALENIA AERMACCHI
MINISTERIO DE DEFENSA DE CHILE
AMÉRICA en VUELO




(*) Un Memorándum de Entendimiento entre empresas es un documento parecido a un contrato pero que no vincula a las partes, excepto cuando se incluyen acuerdos de confidencialidad y no competencia. Es un documento que, careciendo de una formalidad determinada, tienen como objetivo dejar constancia de la voluntad de las partes en llevar a cabo en un futuro, los pasos necesarios para realizar un contrato que dé paso a una transacción o negocio internacional. Se traduce en una declaración de voluntades recíprocas con alto valor ético para las partes que lo suscriben pero sin efecto jurídico vinculante. En negociaciones internacionales se le conoce también por su nombre en inglés: Memorandum of Understanding (MOU).


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